Los clientes del BBVA y del Banco Popular podrán demandar daños por las cláusulas abusivas

Los clientes del BBVA y del Bancos Popular podrán demandar daños por las cláusulas abusivas

El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid declara abusivas varias cláusulas hasta 12 del BBVA y otras 10 del Banco Popular en una demanda conjunta contra más de 50 cláusulas consideradas abusivas por la OCU.

Esto implica la posibilidad de demandar sobre los perjuicios que estas provoquen en la aplicación de las mismas por parte de los bancos a sus clientes.

A pesar de ello la llamada "cláusula suelo" de los préstamos hipotecarios, que fija el mínimo del tipo de interés a pagar, limitando las posibles rebajas en la cuota mensual de la hipoteca al actuar como freno ante las bajadas del Euríbor, se ha librado de la quema y el juez del caso la ha mantenido junto con las cláusulas que entran dentro del marco legal.

Las cláusulas anuladas quedaran inscritas en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, lo que hace que se extiendan a otras entidades y bancos.

Lo que podremos demandar a los bancos

Si tiene cuenta en alguno de estos bancos y ha tenido problemas por causa de alguna de las siguientes cláusulas puesde interponer reclamación por medio de la OCU. Recuerde que estas anulaciones se extienden por defecto, y puede denunciarlas si son similares en fondo y forma cuando están plasmadas en las cláusulas de otros bancos y entidades.

No lo dude, consulte si se encuentra con alguna de estas situaciones:

Las anulaciones del juez ante las cláusulas abusivas

Los contratos hipotecarios del BBVA, el juez desautoriza a la entidad a aplicar un vencimiento anticipado de la hipoteca cuando el cliente haya incurrido en incumplimientos "accesorios o irrelevantes" y solo puede hacerlo en caso de "manifiesta dejación de las obligaciones de carácter esencial".

El juez levanta la prohibición que impedía al hipotecado iniciar una actividad profesional en el inmueble sin comunicación previa al banco

El BBVA solo podrá cobrar al cliente los gastos "que no correspondan legalmente al banco", mantiene la facultad de la entidad de contratar el seguro del inmueble pero si el cliente no lo verifica en el momento de entrega del préstamo no podrá percibir la indemnización y, por último, no podrá anular la subrogación de un préstamo cuando el cliente que asume la hipoteca haya pagado la comisión por transmisión o algún recibo

Los contratos hipotecarios del Banco Popular, la sentencia les obliga a sustituir las llamadas "cláusulas de redondeo" al alza de los tipos de interés que aún sigan vigentes. El Tribunal Supremo las declaró nulas en 2010. Además, el juez obliga al banco a asegurar el inmueble solo por el valor de tasación que tiene en el momento de la compra, suprime su derecho a recibir un justiprecio en caso de expropiación y establece la potestad del cliente a reclamar judicialmente en la provincia en la que resida y no solo en la que se sitúa la vivienda hipotecada. .

La sentencia anula una cláusula del BBVA que le permitía vender productos por teléfono de forma directa (llamada o SMS), sin consulta previa de las condiciones generales de la oferta por parte del cliente. A partir de ahora, el consentimiento telefónico no supondrá la conformidad del contrato y la venta del producto no quedará cerrada hasta que no se haga "por escrito". La sentencia considera abusiva "la contratación de productos o servicios sin que conste por escrito o soporte duradero las condiciones que hayan de regir la contratación".

Además, el juez suprime por ser "excesivamente breve" el plazo de 15 días que el BBVA da al cliente para comprobar las modificaciones de las condiciones contractuales realizadas por la entidad. Respecto al Banco Popular, la sentencia obliga a la entidad a compartir la responsabilidad del uso de las claves de acceso a los servicios de banca por Internet.

Respecto a las cuentas corrientes, la sentencia suprime la posibilidad del BBVA de sustituir la entrega en metálico de cantidades superiores a 3.000 euros por cheques u otro instrumento de pago y fija un preaviso de cinco días. Respecto al Banco Popular, el juez anula la posibilidad de retener el saldo de un cliente durante 10 días en el proceso de cancelación de la cuenta y establece que la devolución del saldo se hará "de forma simultánea" al pago de gastos y comisiones generadas.

En cuanto a las tarjetas de crédito, el BBVA no podrá expedirlas sin la firma de las condiciones generales por parte del cliente y su responsabilidad sobre ellas comenzará en el momento que el cliente realice el ingreso y no cuando el consumidor la recibe. Por su parte, el Banco Popular solo quedará libre de responsabilidad cuando los posibles problemas informáticos, telemáticos o electrónicos le sean ajenos.

    • 12 años ago

    Deben creer que en este tiempo has cambiado la orientación del inmueble u otro desastre que pueda aumentar la consideración del bien.

    • 13 años ago

    El asegurado pagará una prima a cambio de que la entidad se compromete a establecer un techo en el tipo de inter

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